Pensión de viudedad
La pensión de viudedad es una prestación otorgada a quienes hayan perdido al cónyuge que realizaba la principal actividad laboral del hogar.
La pensión de viudedad es una prestación otorgada por la Seguridad Social, pensada para personas cuya dependencia económica de su cónyuge las deje en una situación desamparada una vez éste fallece. Aunque en el imaginario popular y generalmente es más habitual en mujeres, también puede ser solicitada por hombres.
Como indicamos en el párrafo anterior, las situaciones socioeconómicas de las pasadas generaciones han hecho que las mujeres de cierta edad sean un colectivo especialmente vulnerable y susceptible de recibir esta ayuda. Era común hace unas décadas que el hombre fuese quien trabajaba mientras la mujer cuidaba de la casa. Por fortuna, los tiempos han cambiado y las parejas raramente son dependientes económicamente.
No obstante, la pensión de viudedad puede ser solicitada tanto por hombres como mujeres. Los requisitos simplemente son los siguientes:
Para calcular cuánto nos corresponde para nuestra pensión de viudedad, existirán tres posibles supuestos:
Como decimos, la pensión de viudedad está muy asociada a un cliché bastante popular, y es la señora de cierta edad cuyo marido ha fallecido, y ella ha sido toda su vida un ama de casa. No obstante, ésta pensión contempla muchos otros escenarios, y uno de ellos es la pareja de hecho. Por ejemplo, un varón cuya pareja de hecho fallezca y acredite que cumple los requisitos, pude optar a la pensión de viudedad.
Esto significa que, efectivamente, si nuestra pareja de hecho fallece y cumplimos los requisitos, también podremos optar a dicha prestación. Además, también se puede aceptar dicha prestación en caso de matrimonios divorciados o separados. Aunque en estos últimos casos, así como los matrimonios considerados nulos, o cuando la enfermedad se manifiesta antes de la unión (sea matrimonio o pareja de hecho), serán estudiados por la administración pública y se nos podrán requerir ciertos documentos o acreditaciones.
La pensión de viudedad es perfectamente compatible con la pensión de incapacidad permanente. Es más, si has leído nuestro artículo con detenimiento, habrás comprobado que la pensión cuya base reguladora aumenta al 70% tiene como condición no percibir otra ayuda.
Por ello, la pensión de viudedad del 52% es compatible tanto con la de incapacidad permanente como con otras prestaciones, como las pensiones de jubilación.