Comisión de Estudio
La comisión de estudio es una comisión asociada al estudio de la viabilidad de un préstamo.
La comisión de estudio es una cantidad de dinero que cobra una entidad financiera a la hora de solicitar un préstamo, destinada a estudiar nuestra solvencia. Esta comisión suele estar entre el 0 % y el 2,5 % del valor total del préstamo. Este monto cubre el conjunto de análisis e investigaciones del perfil financiero del solicitante así como de la cantidad del préstamo solicitado. Es en el análisis donde la entidad hará las comprobaciones pertinentes para determinar la solvencia del solicitante.
Aunque no aparezca reflejada, no significa que no estemos pagando una comisión de estudio. Algunas entidades financieras incluyen la comisión de estudio dentro de la comisión de apertura. No obstante, cabe destacar que otras entidades directamente prescinden de cobrar este servicio.
El importe que la entidad fija por el estudio de la operación puede expresarse de las siguientes maneras:
Para poder conceder el préstamo, la entidad financiera debe hacer una serie de investigaciones en las que pueden intervenir otras personas o empresas. Estas investigaciones determinarán la solvencia del solicitante, por lo que en caso de no ser solvente (según los estándares de la entidad), no nos otorgarán el préstamo.
En este caso, o en el caso de que decidiésemos no seguir adelante con la solicitud, la entidad financiera no podrá exigir que abone el total de la comisión de estudio. El solicitante únicamente debe hacerse cargo de los gastos generados por la intervención de otras personas o empresas para realizar el informe si así lo ha pactado de antemano con la entidad. Es por ello por lo que es muy importante que las cláusulas del préstamo y sus comisiones queden claras desde un principio y con un lenguaje sencillo.
La comisión de estudio, como ya hemos visto, es una cantidad de dinero que la entidad financiera a la hora de solicitar el préstamo. Ésta sólo puede tener como objetivo el estudio de nuestra solvencia. La comisión de apertura, sin embargo, es el porcentaje que debemos abonar en el momento de formalizar el préstamo hipotecario. Esto es así con préstamos hipotecarios o préstamos personales.
Es importante que tengamos en cuenta que la nueva ley hipotecaria no permite que las entidades financieras cobren comisiones de estudio aparte a la hora de solicitar un préstamo hipotecario. En este caso la comisión de estudio deberá estar incluida dentro de la comisión de apertura del mismo ya que la ley vigente así lo exige.
Respecto a las comisiones de aperturas en créditos, la legislación vigente no es tan clara, y sí que podemos encontrarnos con comisiones de estudio no incluidas en las de apertura.