Carencia
La carencia es el periodo libre de comisiones que se pueda otorgar a un contrato de préstamo o alquiler.
Una carencia es un período en el que el consumidor de un producto de pago a plazos está eximido de pagar la cuota, aún disfrutando del producto. Las carencias son principalmente conocidas por dos tipos de productos: los préstamos personales y los alquileres de viviendas.
Los periodos de carencia en los préstamos personales suelen darse cuando el beneficiario del préstamo se encuentra en una difícil situación financiera. Este tipo de situaciones son bastante límites, y se suelen aplicar cuando otras opciones como reunificar la deuda o la dación del pago no son posibles.
Por supuesto, obtener un período de carencia en un préstamo no es lo habitual. Esta condición suele estipularse en el mismo contrato, y las entidades por norma general prefieren aplicar gastos de mora. No obstante, si somos buenos clientes y la financiera sabe que podemos pagar el préstamo, pero nos enfrentamos a una puntualidad, es posible que gocemos de dicha carencia.
Estas carencias pueden tener recargos adicionales o bien no suponer ningún coste extra, y pueden tanto consistir en la carencia de la totalidad de la cuota, o bien mantener el cobro de intereses y pasar por duplicada la cuota al mes siguiente.
Cambiar de piso, aunque no estemos hipotecándonos, siempre es un proceso complicado. Aunque estemos de alquiler, si pretendemos hacerlo todo perfecto y dejar un piso el día 31 y entrar en el otro al día 1, se nos puede hacer imposible, ya que no todo el mundo tiene acceso a un almacén o una furgoneta de mudanzas,
Muchas veces, tato inmobiliarias o particulares, cuando entramos a un piso, podemos acceder a un periodo de carencia en un alquiler. Esto es, unos días, o a veces incluso algunos pocos meses, en los que estaremos eximidos de pagar el alquiler. Esto, aunque suene demasiado bonito (y en verdad no es sencillo conseguirlo), puede ser por varias razones.