¿Tienes más de 52 años y estás en situación de paro o desempleo? A partir de cierta edad, reincorporarse al mercado laboral puede ser más difícil. Además, en este 2020, con la formación del nuevo gobierno, habran cambios sustanciales en el subsidio para mayores de 52 años. Por ello, tanto si conocías la ayuda como si no, te aconsejamos que leas nuestro artículo.
¿Qué es el subdisio para mayores de 52 años?
Este subsidio ha sido creado especialmente para aquellos mayores de 52 años que hayan agotado su prestación por desempleo. Anteriormente este subsidio se empezaba a otorgar a mayores de 55, pero se ha decidido reducirlo.
El motivo es que un desempleado de ésta edad tendrá más dificultades para encontrar un nuevo trabajo, ya no solo porque mucho trabajo manual será bastante inaccesible, si no porque la edad de jubilación es tan próxima que las empresas pueden pensarlo mucho antes de contratar este tipo de empleados.
Requisitios para solicitar el subsidio para mayores de 52 años
Para solicitar el subisidio para mayores de 52 años, debes cumplir los siguientes requisitos:
- Estar totalmente desempleado (sin condición de persona trabajadora fija discontinua)
- Tener 52 años o más
- Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
- Estar inscruto como demandante.
- Cumplir el compromiso de actividad, que está incluido en la solicitud del subsidio.
- Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional
También se puede solicitarlo debido a los siguientes motivos:
- Emigrante que ha retornado a España (habiendo trabajado en el extranjero como mínimo 12 meses en los últimos seis años, desde su última salida de España, en países no pertenecientes a la Unión Europea (UE) o al Espacio Económico Europeo (EEE)) y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo.
- Ser liberado o liberada de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo, cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
- Haber sido declarado o declarada plenamente capaz o persona con incapacidad permanente parcial como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total para la profesión habitual.
- Estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo, habiendo cotizado por desempleo, al menos, entre 90 y 359 días.
Duración e importe de la prestación del subsidio para mayores de 52 años
Según la página del SEPE, la duración y el importe de la prestación es, simplemente, hasta que entremos en la edad de percibir la jubilación en función a nuestras circunstancias.
Respecto a la cuantía, ésta será igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). El SEPE se compromete a realizar el pago siempre entre los días 10 y 15 de cada mes.
Documentación requerida
Si necesitamos pedir el subsidio para mayores de 52 años, tenemos que preparar la siguiente documentación:
- Modelo oficial de solicitud.
- Documento de Identidad (DNI, NIE o Pasaporte)
- Justificante bancario o cualquier documento que contenga el IBAN (Facturas, recibos…)
- Justificante de Rentas (Sólo si el SEPE lo solicita)
Podemos acudir a la págian web del SEPE donde descargar toda la documentación. Adjuntamos extracto de la misma web:
«Para mantener el derecho al subsidio, debe justificar que sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas propias. Para ello, debe presentar ante el Servicio Público de Empleo Estatal una declaración de sus rentas cada doce meses, a contar desde la fecha del nacimiento del derecho al subsidio o desde la fecha en que lo reanudó por última vez. El plazo para presentar esta declaración es de 15 días a partir de aquel en el que se cumplan los doce meses.
Si no presenta esta declaración en el plazo indicado, se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.
Si presenta la declaración fuera de plazo, se reanudará el cobro del subsidio, pero con efectos desde la fecha en que entregue dicha declaración.
Las personas trabajadoras que perciban el subsidio de mayores de 52 años podrán firmar un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa el Servicio Público de Empleo Estatal.»
Servicio Público de Empleo Estatal
¿Dónde pedir el subsidio?
Para pedir el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, podemos hacerlo de varias maneras:
- A través de la página del SEPE.
- En la oficina del SEPE (tras pedir cita previa)
- En cualquier oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
TAE mínimo 0% - TAE máximo 390%. Devuélvelo en un plazo desde 3 a 72 meses.