Todos hemos escuchado o visto en la televisión información relacionada con el chollo de las subastas judiciales. Casos arquetípicos como ese Ferrari a precio de Seat que pertenecía a un peligroso delincuente, dándole incluso un aire peliculero al asunto. Pero claro, de leyendas urbanas está el mundo.
Subasta Judicial; definición
Técnicamente, una subasta judicial es una subasta regulada por la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), la cual tiene por objeto la venta de un bien o conjunto de bienes. Estos bienes que se subastan son pertenencias de un deudor, físico o jurídico, que no puede o no quiere liquidar su deuda. Si se ha dado el caso de que este impago se ha llevado a los juzgados y éstos han fallado en favor del prestatario, es cuando se baraja subastar bienes susceptibles de poseer un valor económico para liquidar la deuda. Estas subastas se publican en el BOE por orden de la Administración de Justicia.
Como puedes ver, realmente esto no significa pujar por bienes confiscados a peligrosos criminales. Puede ser tan simple como que alguien haya sido incapaz de pagar su hipoteca o su préstamo personal. Estos bienes embargados pueden tener cualquier naturaleza, por lo que si encuentras ese Porsche tentador en una subasta judicial, no significa que sea de un peligroso narcotraficante.
A fin de cuentas, las subastas en bienes embargados se entienden como un tipo de inversión. Por ello es habitual que muchos inversionistas pululen dichas subastas, más que particulares en busca de un activo. Es una manera de obtener un beneficio de bienes vendidos a un precio inferior a su valor real.
¿Cómo acceder a un portal de subastas?
Hace unos años, acceder a las subastas judiciales podía ser toda una odisea. Papeleos, formularios… no obstante desde 2015 se aprobó la Ley 42/2015 de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civill, por la cual el Boletín Oficial del Estado la creación de una página web; el portal de subastas judiciales del BOE. Este portal tenía como objetivo la transparencia y la accesibilidad a este tipo de subastas para todos los ciudadanos.
Cualquier ciudadano español puede participar en las subastas, previo registro y tras consignar el 5% del bien o bienes subastados. Esta subasta electrónica durará un plazo de 21 días, en el cual se podrán producir las pujas y debemos estar atentos al portal electrónico para no quedarnos atrás.
Si resultamos ser los ganadores de la puja, entonces tendremos que abonar el importe total y disfrutaremos de nuestro bien adquirido, ya sea para disfrute personal o como inversión. Recordamos que tanto el depósito del 5% como el pago final se ha de hacer a través de las siguientes entidades:
- Banesto
- Grupo Santander
- BBVA
- Bankinter
- BANIF – Grupo Santander
- Kutxabank, S.A
- Caixabank
- Ibercaja
- Banco Santander
- Bankia
También puedes consultar el portal de Subastas Judiciales por áreas del BOE, para que puedas centrarte en aquellas de tu localidad.
TAE mínimo 0% - TAE máximo 390%. Devuélvelo en un plazo desde 3 a 72 meses.