A muchos nos ha pasado. Nos ha surgido la oportunidad de realizar un trabajo puntual, remunerado, pero cuyo pagador no contempla la posibilidad de hacernos un contrato por horas. Claro está, no podemos juzgarlo, ya que implicará desembolsar más dinero; como si nosotros nos damos de alta de autónomos por ese trabajo puntual. Por desgracia, muchos optan por el trabajo en negro, colaborando con la economía sumergida. No obstante, hay algo que pocos saben y todos deberíamos; es posible facturar sin ser autónomo.
¿Se puede facturar sin ser autónomo?
La respuesta a si se puede facturar sin ser autónomo es sencilla; sí, es posible. No obstante, hay que matizar bastante este punto.
Para ello, tendremos que acudir al Estatuto del trabajo autónomo para definir cuándo podemos facturar sin ser autónomo precisamente sabiendo cuándo debemos hacernos autónomos. Y esto es lo que dice el documento:
La presente Ley será de aplicación a las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena. Esta actividad autónoma o por cuenta propia podrá realizarse a tiempo completo o a tiempo parcial.
Estatuto del Trabajo Autónomo, Ley 20/2007
Como vemos, hay un inciso claro donde se marca que la actividad autónoma ha de ser habitual. Por ello, este caso en el que por ejemplo nuestro cuñado nos pagará por hacer una reforma, un amigo necesita unas fotos puntuales por las que nos remunerará o se nos invita a escribir un artículo remunerado sobre nuestra profesión, claramente es una actividad no habitual.
No obstante, esto ha de estar regulado para evitar tácticas que fomenten la economía sumergida, sancionando con hasta el 20% de los ingresos si nos salamos estas normas. Por lo tanto, los requisitos para facturar sin ser autónomo son los siguientes:
- Que la actividad no sea tu ocupación principal. Ejemplo legal: Realizar retratos fotográficos paralelamente a nuestro trabajo de informático. Ejemplo ilegal: Realizar retratos fotográficos paralelamente a nuestro trabajo como fotógrafo de moda.
- Que no realicemos la actividad de manera habitual. Ejemplo legal: Realizamos una pequeña reforma remunerada para nuestro cuñado. Ejemplo ilegal: Realizamos reformas periódicamente, buscando activamente clientes.
- Que los ingresos percibidos por esta actividad secundaria sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (13.300 euros brutos al año, 950 euros brutos al mes o 31,66 euros brutos al día)
Pasos para facturar sin ser autónomo
Si cumplimos todos los requisitos para poder facturar sin ser autónomos, tendremos que seguir ciertos pasos para poder realizarlo siguiendo la ley. Por supuesto, facturar sin ser autónomos no es lo mismo que trabajar en negro, ya que tendremos que emitir una factura legal.
Los pasos para facturar sin ser autónomo son los siguientes:
- Darnos de alta en la Agencia Tributaria, en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedore, cumplimentando el modelo 036 o el modelo 037.
- Declarar los impuestos correspondientes a las facturas que emitas, tanto IVA como IRPF.
- Realizar una factura siguiendo los mismos pasos que siendo autónomos.
Otras alternativas
Hay otras alternativas, ya que algunos escenarios pueden no ser compatibles con la opción de facturar sin ser autónomos. Por ejemplo, puede que estemos empezando nuestra carrera como freelance, pero tengamos una pequeña clientela. Aunque existen ayudas a nuevos autónomos, muchas veces no nos sirven. Estas son las dos principales alternativas:
- Factura en un corto periodo de tiempo. Las cuotas se pagan mensualmente, por lo que nos puede salir mucho más económico facturar nuestros trabajos más tarde pero en un período más corto. Por ejemplo, si nuestros primeros meses como autónomo no tenemos muchos trabajos, podemos guardar las facturas hasta que el ritmo sea el adecuado. Por supuesto, tendremos que poder subsistir dicho tiempo sin facturar, pero el ahorro es considerable.
- Factura a través de una cooperativa. Existen cooperativas que nos permitirán facturar a través de ellos. Este modelo es sencillo e ideal para trabajos puntuales, ya que no pagaremos cuota. Pero, por supuesto, la cooperativa se llevará un importe de la factura.
- Evita prácticas ilegales. Trabajar en negro, usar a una tercera persona o no pagar el IVA son prácticas ilegales que en casos extremos pueden llevarnos a prisión. Ahorrar una cuota o un porcentaje en impuestos, además de insolidario, nos saldrá mucho más caro a la larga.
TAE mínimo 0% - TAE máximo 390%. Devuélvelo en un plazo desde 3 a 72 meses.